Seguro de R.C. para directivos y altos cargos
¿Qué es?
El seguro de responsabilidad civil para directivos y administradores cubre al asegurado de los perjuicios económicos causados a la empresa en el ejercicio de su profesión y de terceros. Hasta hace pocos años, este seguro simplemente lo tenían empresas de gran tamaño.
Informacion
La finalidad de los Seguros de responsabilidad Civil profesional, es cubrir las posibles consecuencias económicas derivadas de cualquier reclamación que pudiesen formular contra el asegurado, por daños causados a terceros de forma involuntaria, bien sea por un error o por una falta profesional, cometidos por sí mismo o por personas que de él dependan laboralmente, durante el ejercicio de la actividad profesional descrita en las “Condiciones Particulares” de su contrato.
Dichas reclamaciones a las que hacemos mención, podrían provocarse por diferentes motivos y causas como pueden ser, daños materiales, daños personales, perjuicios consecutivos o patrimoniales, etc…
Esta modalidad de seguro está concebida para ofrecer cobertura de RC profesional para abogados, administradores de fincas, agentes de la propiedad intelectual, asesores laborales, fiscales y contables, consultores, monitores, gestores y asesores de todo tipo y un sin fin de profesiones más.
Las aseguradoras disponen de productos que cuentan con diversas garantías, con la finalidad de lograr amparar cualquier tipo de daño, si bien no todas ofrecen lo mismo. También le aconsejamos tener en cuenta la franquicia aplicable para cada garantía en caso de siniestro.
A continuación, y siempre con carácter general procederemos a detallar las garantías básicas y opcionales más habituales en los seguros de R.C. Profesional.
Garantías en los seguros de R.C. de Profesionales
Esta sería la garantía principal, mediante ella la aseguradora cubrirá hasta el límite y condiciones pactadas en las condiciones particulares y generales de su contrato, el pago de las indemnizaciones de las que pueda resultar civilmente responsable el Asegurado conforme a derecho, por Reclamaciones contra él presentadas por Terceros, debidas a cualquier error u omisión profesional, en los que haya mediado culpa o negligencia, en que pueda incurrir el Asegurado en relación con el ejercicio de su actividad profesional.
La aseguradora asumirá, en cualquier procedimiento judicial que se derive de un Siniestro amparado por la Póliza, la dirección jurídica frente a la Reclamación del perjudicado, designando los letrados y procuradores que defenderán y representarán al Asegurado en las actuaciones judiciales que se le siguiesen en reclamación de posibles responsabilidades civiles cubiertas por esta Póliza.
La aseguradora garantiza la prestación de fianzas judiciales al Asegurado para garantizar su responsabilidad civil o conseguir su libertad provisional en un procedimiento penal derivado de un Siniestro amparado por la Póliza.
Mediante esta garantía, quedarán cubiertas las reclamaciones por los daños Materiales, pérdida o extravío que puedan sufrir los expedientes o Documentos, confiados al Asegurado por causa de su profesión o que éste tenga en su poder para el desarrollo de la gestión encomendada.
Mediante esta garantía se cubre la responsabilidad civil que pueda ser exigida al Asegurado basada o surgida de una infracción involuntaria o uso no autorizado involuntario de cualquier derecho de propiedad intelectual que deriven del ejercicio de su actividad profesional, salvo patentes y secretos comerciales
Esta garantía ofrece cobertura para las Reclamaciones como consecuencia de las pérdidas derivadas única y directamente de actos deshonestos o fraudulentos cometidos por Empleados del Asegurado con la intención manifiesta de causar tales pérdidas o de obtener un beneficio económico para sí.
Mediante esta garantía se cubrirá la responsabilidad civil derivada de los posibles daños causados a los inmuebles alquilados por el asegurado para el desarrollo de la actividad de su empresa. En las condiciones generales se determinará que tipo de daños son los que tienen cobertura.
Mediante esta garantía se cubrirá la responsabilidad civil que pueda ser exigida al Asegurado por los Daños Corporales ocasionados a sus propios Empleados en el ejercicio de la actividad asegurada.
Mediante esta garantía se cubriría el pago de una indemnización mensual en el supuesto que el Asegurado sea condenado por sentencia judicial firme a la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de su profesión.
Mediante esta garantía se ofrece la posibilidad de cubrir al asegurado aquellos hechos desconocidos y ocurridos con anterioridad a la fecha de efecto del contrato de seguro y cuyas reclamaciones tengan lugar durante el período de vigencia del mismo.
Algunas aseguradoras ofrecen la posibilidad de contratar la Responsabilidad civil Cruzada, la Resp.civil post trabajos, y otras posibles garantías adicionales.
¿Le ayudamos con su presupuesto?
Le proponemos que contacte directamente con las aseguradoras indicadas en nuestra web.